En defensa de los derechos fundamentales en internet

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

  1. Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
  2. La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial – un organismo dependiente del ministerio de Cultura -, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
  3. La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
  4. La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
  5. Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
  6. Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
  7. Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
  8. Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
  9. Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
  10. En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Este manifiesto, elaborado de forma conjunta por varios autores, es de todos y de ninguno. Si quieres sumarte a él, difúndelo por Internet

4 comentarios en “En defensa de los derechos fundamentales en internet

  1. Sigo pensando lo que le he escrito a Fénix en su blog, así que haré un copia-pega:

    Hasta aquí estoy de acuerdo… sólo faltaría para completarlo añadir el link al anteproyecto de ley del que se quejan estos puntos, para tener la información completa ^^

  2. El texto es este

    y no estoy segura, pero creo que os referís a esto: (página 95)

    Disposición final primera. Modificación de la Ley 34/2002, de 11 de julio,
    de Servicios de la Sociedad de la Información y del Real Decreto
    Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba Texto Refundido
    de la Ley de Propiedad Intelectual para proteger la propiedad intelectual
    frente a la piratería en internet.

    Vamos, es lo más parecido que he encontrado al tema en las primeras 100 páginas (de 198), corrígeme si me equivoco, Laparca ^^

    Un abrazo

  3. Pues sí, precisamente a eso se refiere. Y de él se ven muchas cosas:

    En Dos se puede ver que no se hace mención a jueces, sino a órganos competentes. En principio, y porque lo ponen en la constitución, el único organo competente es el judicial, pero en declaraciones de Gonzalez-Sinde y otros se aprecia claramente que no es la idea por la que viene así escrito (se ha hecho mención a la creación de un organo destinado a tal fin dependiente de cultura).
    En Tres y en Cuatro se puede ver que se quiere poner a trabajar al Ministerio de Cultura para hacer el trabajo sucio de las discográficas y de las asociaciones/empresas de gestión de derechos. Yo creía que la cultura era aquello que se podía transmitir libremente y que por eso todos la teníamos, no aquello que se prohibe transmilirlo…

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